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Nuestras Publicaciones | 11/12/2025

Quién puede acceder a las evaluaciones de impacto de la empresa

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La EIPD no es un documento puramente privado

La sanción a AENA ha provocado que muchas empresas se pregunten hasta qué punto es privada una evaluación de impacto. En este documento relacionaremos algunos de los escenarios en los que una organización deberá mostrar una Evaluación de Impacto relativa a la Protección de Datos (EIPD), evidenciando que no se trata de un mero trámite interno.

"Las inspecciones y procedimientos sancionadores de la AEPD y otras autoridades de control suelen requerir el análisis de riesgos y la evaluación de impacto de los tratamientos investigados."

Escenarios de Denuncia

La probabilidad de tener que mostrar una EIPD aumenta ante denuncias de clientes descontentos, trabajadores despedidos, procesos de ERE o conflictos con accionistas.

Ciberataques y Brechas

Ante incidentes de ransomware o ingeniería social, la AEPD solicitará las evaluaciones de impacto para valorar la diligencia debida del responsable del tratamiento.

Operaciones Societarias

El acceso a la EIPD es exigido frecuentemente en procesos de due diligence previa a adquisiciones, entrada de fondos de inversión o salidas a bolsa.

Obligaciones Contractuales

El acceso puede estar previsto en contratos de encargo de tratamiento, acuerdos entre corresponsables, contratos con el Sector Público o con socios comerciales.

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